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COSTOS Y CONSECUENCIAS
DE LA DISMINUCIÓN DEL RIESGO
Cualquier medida que tienda
a incrementar la seguridad en cualquier actividad tiene un
efecto directo en los costos del servicio o del producto,
por ello, enfrentar el reto en el autotransporte no es tarea
sencilla.
Resultaría muy
fácil para la autoridad incrementar todas las medidas
de seguridad de forma indiscriminada amparándose en
la tesis de que es por la seguridad de todos.
Esto no haría más que romper con el delicado
equilibrio entre ese objetivo y los costos que harían
prohibitiva la operación del autotransporte en nuestro
país. Véase por ejemplo, el caso de las medidas
de seguridad aeronáutica impuestas por los Estados
Unidos ante su temor de que cualquier nave, de cualquier origen
con destino a alguno de sus numerosos aeropuertos, pueda ser
utilizado como arma terrorista. Resultado: Un caos a nivel
mundial, pero lo más importante, no parece que el revisarle
los zapatos a todas las ancianas que toman un avión
con destino a Estados Unidos pueda realmente disminuir el
riesgo de lo que debemos entender como una auténtica
amenaza de ataque terrorista.
Otro aspecto que influye,
es que, para sociedades desarrolladas y que cuentan con muchos
recursos, el costo de la seguridad puede asimilarse con relativa
facilidad, pero en economías carentes de dichos recursos,
las medidas adquieren muchas veces la dimensión de
un obstáculo insalvable.
Antes de continuar con
la descripción de una realidad harto compleja y que
exige la participación de todos los actores para que
al final del día México cuente con un sistema
de transporte carretero más seguro pero también
más eficiente y competitivo, demos un vistazo a lo
que está sucediendo en los Estados Unidos.
REGLAMENTACIÓN DE HORAS DE SERVICIO
En Estados Unidos las
primeras disposiciones en materia de horas de servicio (HOS
por sus siglas en inglés) fueron publicadas en 1939
y desde entonces han sufrido diversas adecuaciones. Pero no
fue sino hasta 1995 que el Congreso de ese país, decidió
analizar con más detalle los efectos de la fatiga como
factor determinante en los accidentes de vehículos
comerciales, lo que dio por resultado un cambio significativo
en la materia en más de 60 años, ofreciendo
a los conductores la oportunidad de un descanso necesario
y sueño reparador. Así, el pasado 4 de enero
del presente año entraron en vigor dichas disposiciones
de las cuales vale la pena destacar lo siguiente:
- En la regulación anterior un
conductor no podía manejar:
- Más de 10 horas, seguidas de 8 horas de descanso.
- Después de encontrarse
en servicio por 15 horas, seguidas de 8 de descanso
- Después de 60/70 horas de servicio en 7/8 días
consecutivos.
- En la nueva regulación, un
conductor no podrá manejar:
- Más de 11 horas, seguidas de 10 horas de descanso
- Más allá de 14
horas, después de haber entrado en servicio, seguidas
de 10 horas de descanso
- Después de 60/70 horas
de servicio en 7/8 días consecutivos
- Un conductor podrá reiniciar un nuevo periodo de
7/8 días consecutivos después de haber tomado
34 o más horas de descanso.
Dicho de otra manera:
-
Un conductor podrá
manejar hasta 11 horas, en lugar de 10 pero estará
limitado a 14 horas de servicio.
-
El periodo de 14 horas
de servicio no podrá extenderse debido a las horas
de comida, toma de combustible, carga/descarga etc. Sólo
en los casos en que el conductor se encuentre en una bahía
de descanso podrá extenderse este periodo.
-
Cada periodo de manejo
deberá estar precedido de 10 horas de descanso
en lugar de ocho.
- Las 60 horas de servicio en 7 días
consecutivos o 70 horas de servicio en 8 días consecutivos,
son las mismas, sin embargo ahora deberán iniciarse
dichos periodos después de al menos 34 horas de descanso.
Estas disposiciones cuentan con algunas
excepciones aplicables a industrias específicas como
las petroleras y otras.
CONSIDERACIONES FINALES
Como todo reto que presentan diversos aristas
para su solución, el tema de la seguridad de la operación
del autotransporte en México exige el concurso de todas
las entidades, públicas y privadas para su solución.
Nosotros identificamos una Trilogía de la Seguridad
en la cual deben verse englobados todos los actores:
LEGISLACIÓN ACTUALIZADA
Como observamos al principio, las regulaciones
en la materia adolecen de importantes precisiones que requieren
una atención tanto a nivel legislativo como reglamentario
y que seguramente deberán reflejarse en un programa
de concientización del factor fatiga como uno de los
de mayor incidencia (directa e indirecta) en los accidentes
carreteros.
CAPACITACIÓN
Se ha demostrado ampliamente que la capacitación
influye directamente en la disminución de riesgo y
por consiguiente en los costos de operación de cualquier
modo de transporte.
Sin embargo, surge el usuario como factor decisivo
en la seguridad de la operación del autotransporte,
pues en un contexto donde la necesidad de los prestadores
de servicio hace que acepten cargas con márgenes muy
reducidos y con exigencias de entrega muy estrictos, --so
pena de perder al cliente--, hemos conocido casos en que el
permisionario desactiva los controles de velocidad y eventualmente
cierra los ojos ante las medidas poco saludables que el operador
toma para cumplir con los tiempos de entrega.
INFRAESTRUCTURA, EQUIPO Y MANTENIMIENTO
Es necesario reconocer que la infraestructura
carretera de nuestro país ha experimentado una importante
mejoría y en alguna medida, existe una tendencia de
modernización y renovación del equipo. Por supuesto
que esto no es suficiente y se requiere establecer programas
más agresivos y sobre todo de mayor plazo, a efecto
de asegurar una mejoría constante y no coyuntural como
hasta la fecha.
Además, las tecnologías de la
comunicación jugarán un papel definitivo en
lo referente al control adecuado de futuras disposiciones
aplicables en la delicada materia.
Finalmente no debemos perder de vista que con
la integración de las cadenas de suministro en Norteamérica,
las disposiciones estadounidenses a que nos hemos referido,
tendrán desde hoy un impacto en los costos globales
de las rutas que conectan con los orígenes y destinos
en Estados Unidos. En muchos casos se tendrán que contratar
dos en lugar de un operador
con sueldos en dólares.

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